En este articulo vamos a tratar de explicar como «intentar» evitar una sanción tributaria por presentación fuera de plazo y como efectuar las alegaciones pertinentes contra Hacienda. Haremos un brevísimo resumen de los pasos, adjuntaremos una plantilla de alegaciones contra sanción tributaria y un ejemplo real de modelo de recurso de reposición.
El procedimiento de sanción que sigue Hacienda es el siguiente:
-
- Presentas liquidación, autoliquidación o resumen anual fuera de plazo.
- Hacienda notifica la iniciación del procedimiento sancionador
- Presentación de alegaciones pertinentes contra la sanción tributaria. [se adjunta modelo de comunicación hacienda]
- La Administración acepta las alegaciones no teniendo que hacer nada más o las desestima y acuerda la imposición de la sanción.
Si estas alegaciones fueran desestimadas, se nos abren dos actuaciones,
- Recurso de reposición frente al acto administrativo que lo dirigiremos a la administración que nos está inspeccionando, sección recursos. El plazo de resolución del recurso dependerá de la administración de AEAT pero puede oscilar desde un mes a varios meses. Este recurso es conveniente cuanto tenemos elementos nuevos (documentación e información) que aportar y no se ha hecho en el periodo de alegaciones. [Descargar Modelo de recurso de reposición administrativo]
- Reclamación económico administrativa al Tribunal Económico Regional, cuando deseamos que se valore por un órgano distinto a la Agencia Tributaria. Plazo de resolución de 2 a 4 años.
Es interesante en ambos casos, presentar al mismo tiempo la suspensión del pago de la deuda hasta que se resuelva el recurso. (modelo de aval recurso reposición – modelo de aval reclamación TEAR)
Modelo de reclamación económico administrativo (TEAR)
A continuación se adjunta un ejemplo real de reclamación económico administrativa al Tribunal Económico Regional por presentación fuera de plazo de un resumen anual.
El modelo puede servir de ejemplo para otro tipo de reclamaciones, siguiendo la misma estructura y sustituyendo o modificando el texto por otro pertinente.
AL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE
[Datos identificativos]
EXPONE
Que mediante el presente escrito, y en base a lo dispuesto en los artículos 235 (LA LEY 1914/2003) y siguientes de la Ley General Tributaria, interpone RECLAMACIÓN ECONÓMICO ADMINISTRATIVA contra el acuerdo de imposición de sanción de referencia n*__________________ , practicada por presentar fuera de plazo [resumen anual /autoliquidación / liquidación ]correspondiente al modelo XXX de 2.0XX, por un importe de X euros, por entender que la misma no se ajusta a Derecho y es por ello lesiva para los intereses de quien suscribe, en base a las siguientes,
ALEGACIONES
PRIMERA.- Que con fecha X de Agosto de 2.0XX (según la Administración 22 de Julio) fue notificada la iniciación del procedimiento sancionador, contra el cual y haciendo uso del trámite de alegaciones, se presentó escrito de fecha X de MES. (Se adjunta copia)
SEGUNDA.- Que con fecha X de Octubre de 2.0XX ha sido notificado el acuerdo de imposición de sanción habiendo sido desestimadas las alegaciones formuladas. (Se adjunta copia)
TERCERA.- Que la Administración acuerda la imposición de la sanción por el mero incumplimiento de las leyes tributarias, sin tomar en cuenta que la decisión de sancionar debe estar soportada no por juicios de valor ni afirmaciones generalizadas, sino por datos de hecho suficientemente expresivos y detallados, con descripción individualizada, incluso, en las operaciones que pudieran entenderse acreedoras de sanción. La circunstancia de que la norma incumplida sea clara no permite imponer automáticamente una sanción (TS 06-06-08, EDJ 97539; 29-09-08, EDJ 185085; 1-07- 10, EDJ 153127; 4-11-10, EDJ 246664).
CUARTA.- Que resulta inexcusable en la resolución sancionadora la apreciación de los elementos, objetivo […]
* En este caso concreto el recurso fue estimado dando la razón al contribuyente y dejando sin efectos la sanción tributaria.
Recomendamos encarecidamente ponerse en manos de profesionales y presentar las alegaciones o recursos a través de un asesoría fiscal, ya que son tenidos muy en cuenta por la Administración y puede ser un factor determinante para evitar la sanción de Hacienda.