Depósito de cuentas anuales 2025: plazo en 2026, documentos y cómo presentarlas

Depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil con formulario de presentación y documentos contables

El depósito de cuentas anuales es el trámite por el que una sociedad presenta sus cuentas aprobadas en el Registro Mercantil.

Si tu sociedad cerró el ejercicio el 31 de diciembre de 2025, lo habitual es que las cuentas se formulen y aprueben en 2026, y que después se presenten en el Registro Mercanti dentro del plazo correspondiente.

En esta guía te explicamos cómo depositar las cuentas anuales del ejercicio 2025, qué documentos debes preparar, qué plazo tienes en 2026, cómo se hace el envío en Registradores y qué errores conviene evitar.

Resumen rápido: para sociedades con ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2025, la junta suele aprobar las cuentas antes del 30 de junio de 2026. Una vez aprobadas, el depósito debe realizarse dentro del mes siguiente. Si se aprueban el 30 de junio, el plazo habitual termina el 30 de julio de 2026.

Depósito de cuentas anuales: resumen rápido

DudaRespuesta
¿Qué se deposita?Las cuentas anuales aprobadas por la sociedad.
¿Dónde se presentan?En el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social.
¿Qué ejercicio se presenta en 2026?Normalmente, las cuentas del ejercicio 2025.
¿Cómo se presentan?Habitualmente mediante D2 y envío telemático en Registradores.
¿Qué plazo hay?Dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas.
¿Cuánto cuesta?Como orientación, entre 60 y 80 € en muchos depósitos telemáticos sin auditoría, aunque puede variar según el Registro y la documentación
¿Hay que estar dado de alta?Para la presentación telemática suele ser necesario acceder con certificado electrónico y estar dado de alta o abonado en Registradores.

Qué es el depósito de cuentas anuales

El depósito de cuentas anuales es la presentación de las cuentas aprobadas de una sociedad en el Registro Mercantil.

Este trámite permite que determinada información económica de la empresa quede depositada y pueda ser objeto de publicidad registral.

Dicho de forma sencilla: primero la sociedad prepara sus cuentas, después las aprueba y, finalmente, las deposita en el Registro Mercantil.

El depósito no es lo mismo que llevar la contabilidad ni que presentar impuestos. Es un trámite mercantil que afecta principalmente a sociedades inscritas en el Registro Mercantil.

Quién debe depositar cuentas anuales

Con carácter general, deben depositar cuentas anuales las sociedades mercantiles obligadas a formular y presentar sus cuentas en el Registro Mercantil.

Entre las entidades más habituales están:

  • Sociedades limitadas.
  • Sociedades anónimas.
  • Sociedades comanditarias por acciones.
  • Sociedades de garantía recíproca.
  • Fondos y otras entidades obligadas, según su normativa.
  • Grupos que deban presentar cuentas consolidadas, en su caso.

Para una pyme o una sociedad limitada pequeña, lo habitual es tener que depositar las cuentas cada año, aunque la sociedad haya tenido poca actividad o incluso no haya facturado.

La obligación no depende solo de haber tenido beneficios. Si la sociedad está obligada a presentar cuentas, debe hacerlo aunque el resultado sea negativo o la actividad haya sido mínima.

Plazo para depositar las cuentas anuales de 2025 en 2026

El plazo depende de la fecha de cierre del ejercicio y de la fecha en la que se aprueban las cuentas.

En sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, el esquema habitual es este:

FasePlazo habitual
Cierre del ejercicio31 de diciembre de 2025
Formulación de cuentasDentro de los 3 meses siguientes al cierre
Aprobación por la juntaDentro de los 6 meses siguientes al cierre
Depósito en el Registro MercantilDentro del mes siguiente a la aprobación

Por tanto, si la sociedad cierra el ejercicio el 31 de diciembre de 2025 y aprueba las cuentas el 30 de junio de 2026, el depósito deberá realizarse normalmente hasta el 30 de julio de 2026. La regla importante no es memorizar una fecha fija, sino contar un mes desde la aprobación de las cuentas.

Si la sociedad tiene un ejercicio distinto al año natural, los plazos cambian. En ese caso, hay que contar desde la fecha real de cierre del ejercicio.

Qué documentos incluye el depósito de cuentas anuales

El depósito de cuentas anuales no consiste solo en enviar un balance.

Según el tipo de sociedad, el modelo contable y sus obligaciones, puede incluir varios documentos.

Los más habituales son:

  • Balance.
  • Cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Memoria.
  • Estado de cambios en el patrimonio neto, si procede.
  • Estado de flujos de efectivo, si procede.
  • Certificación de aprobación de cuentas.
  • Aplicación del resultado.
  • Informe de auditoría, si la sociedad está obligada.
  • Declaración de titular real.
  • Hoja de identificación.
  • Otros documentos complementarios, según el caso.

En sociedades pequeñas, lo normal es presentar un modelo abreviado o pyme si se cumplen los requisitos. En sociedades de mayor tamaño, puede ser necesario presentar modelo normal y documentación adicional.

Modelos de depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil

Los modelos oficiales de cuentas anuales pueden actualizarse cada campaña.

Para la campaña de 2026, el BOE publicó la Resolución de 19 de mayo de 2026 sobre los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. La resolución indica que los modelos aprobados son obligatorios para las cuentas anuales formuladas y aprobadas que se presenten para depósito con posterioridad a su publicación en el BOE.

También se publicó resolución específica para cuentas anuales consolidadas.

LOS MODELOS NORMALIZADOS APROBADOS PARA LAS CUENTAS ANUALES DE LOS EJERCICIOS INICIADOS A PARTIR DE 1/1/2025 YA ESTÁN OPERATIVOS EN EL PROGRAMA D2 (DEPÓSITO DIGITAL DE CUENTAS ANUALES).

Es importante utilizar versiones actualizadas del programa o de los formularios. Si preparas el depósito con modelos antiguos, puedes encontrarte con errores o con documentación no adaptada a la campaña correspondiente.

Cómo depositar las cuentas anuales paso a paso

Aunque cada sociedad puede tener particularidades, el proceso habitual sería este.

1. Preparar la contabilidad y formular las cuentas

Antes de presentar nada en el Registro Mercantil, la sociedad debe tener preparadas sus cuentas anuales.

Esto incluye revisar la contabilidad del ejercicio, cerrar los datos contables y formular las cuentas correspondientes.

2. Aprobar las cuentas en junta

Las cuentas deben aprobarse por la junta general o por el órgano competente, según el caso.

La aprobación debe quedar reflejada en el libro de actas de la sociedad y luego se emitirá un certificado. Ese documento es clave para el depósito.

3. Preparar la certificación de aprobación de cuentas

La certificación debe indicar que las cuentas han sido aprobadas y recoger la aplicación del resultado.

Es uno de los documentos que más defectos puede generar si está incompleto, contiene fechas incorrectas o no coincide con el depósito generado.

C1 Certificación Junta Universal modelo Abreviado  Pyme 

C7 Certificación Unipersonal modelo Abreviado Pyme

4. Preparar el depósito digital

Una vez aprobadas las cuentas, se prepara el depósito digital.

Para ello puede utilizarse el programa D2 de Registradores o un programa contable que genere el fichero compatible.

Si necesitas una guía específica sobre el programa, puedes consultar nuestro artículo sobre el <a href=»/programa-d2-cuentas-anuales/»>programa D2 para cuentas anuales</a>.

5. Validar y generar el archivo

Antes de enviar el depósito, hay que revisar los datos y validar el fichero.

En muchos casos se genera un archivo ZIP que contiene la información del depósito y los documentos correspondientes.

6. Presentar las cuentas en el Registro Mercantil

Finalmente, se realiza la presentación en el Registro Mercantil correspondiente.

Lo más habitual es hacer la presentación telemática directamente desde el programa D2 o a través de Registradores, aunque también existen otras modalidades según el caso.

Cómo presentar las cuentas anuales en Registradores

La presentación telemática puede realizarse a través de la sede de Registradores.

En la zona de documentación y descargas del Registro Mercantil, Registradores ofrece manuales y programas relacionados con el depósito de cuentas, incluido el Depósito Digital de cuentas anuales D2 para ejercicios iniciados a partir de distintas fechas.

El proceso habitual consiste en:

  1. Preparar el depósito con D2 o con un programa compatible.
  2. Generar el fichero correspondiente.
  3. Acceder a la sede de Registradores.
  4. Identificarse con certificado electrónico.
  5. Cargar o enviar el depósito.
  6. Firmar la presentación.
  7. Guardar el justificante.

Antes de hacer el envío: para presentar cuentas anuales telemáticamente en Registradores normalmente tendrás que acceder con certificado electrónico y disponer de usuario abonado o estar dado de alta en el servicio correspondiente.

Si todavía no lo tienes, puedes consultar nuestra guía sobre cómo darse de alta como usuario abonado en el Registro Mercantil.

Para evitar problemas, conviene tener localizado el certificado digital, el archivo ZIP, la certificación de aprobación y la documentación complementaria antes de iniciar el envío.

Envío de cuentas anuales con D2 o desde el portal de Registradores

El depósito puede prepararse con el programa D2 y presentarse telemáticamente.

Algunos Registros explican que, una vez cumplimentados los datos en D2, se puede generar el depósito digital y elegir entre presentación telemática completa o presentación telemática mixta.

La presentación telemática puede realizarse de forma integrada desde el programa o a través del portal, según la opción elegida y la configuración técnica disponible.

En la práctica, las dos vías más habituales son:

Forma de envíoCuándo puede interesar
Envío desde D2Si tienes el programa configurado y quieres generar y enviar desde la misma aplicación
Carga en la sede de RegistradoresSi prefieres generar primero el archivo y subirlo después desde el portal
Presentación mixtaSi una parte se envía telemáticamente y otra documentación se aporta después en papel

El Registro Mercantil de Valencia también indica que la elaboración de los ficheros puede hacerse mediante programas contables que dispongan de esa utilidad o mediante el programa D2.

Presentación telemática, presencial o mixta

La forma más habitual actualmente es la presentación telemática, pero conviene conocer las modalidades.

Presentación telemática completa

En la presentación telemática completa se envía toda la documentación de forma electrónica.

Suele ser la opción más cómoda cuando se dispone de certificado digital y todos los documentos están preparados correctamente.

Presentación mixta

En la presentación mixta se envía una parte del depósito telemáticamente y después se aporta determinada documentación en papel.

Puede utilizarse en algunos casos cuando no se completa todo el trámite de forma electrónica.

Presentación presencial

La presentación presencial puede seguir existiendo en determinados supuestos, pero para la mayoría de sociedades resulta menos práctica que el envío telemático.

Si vas a presentar en papel o con modalidad mixta, conviene revisar las instrucciones del Registro Mercantil correspondiente.

Cuánto cuesta depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil

El coste de depositar las cuentas anuales puede variar según el Registro Mercantil, el tipo de presentación, el número de documentos y si las cuentas llevan o no informe de auditoría.

Como orientación, en presentaciones telemáticas de sociedades sin informe de auditoría, el coste registral suele moverse aproximadamente entre 60 y 80 euros. Si las cuentas incluyen informe de auditoría o documentación adicional, el importe puede ser superior.

Por ejemplo, el Registro Mercantil de Madrid publica importes de depósito de cuentas de 68,81 € sin informe de auditoría y 78,41 € con informe de auditoría, sin retención. El Registro Mercantil de Barcelona informa de honorarios para ejercicios posteriores a 2020 de 57,71 € sin informe de auditoría y 66,11 € con informe de auditoría, además de un coste aproximado adicional de unos 3 € por la presentación telemática del Colegio de Registradores.

Estos importes son orientativos y pueden cambiar. Antes de presentar, conviene revisar el importe que muestra el propio sistema de Registradores o las tarifas del Registro Mercantil correspondiente.

Importante: si encargas la presentación a una asesoría o gestoría, a estos importes registrales habría que añadir los honorarios profesionales por preparar, revisar y presentar las cuentas.

Cómo consultar un depósito de cuentas anuales ya presentado

Si lo que quieres es ver el depósito de cuentas de otra sociedad, no necesitas D2. En ese caso debes solicitar la información mercantil correspondiente.

Puedes verlo en nuestra guía sobre cómo consultar cuentas anuales en el Registro Mercantil.

Este punto es importante porque muchos usuarios buscan “consultar depósito de cuentas anuales”, pero pueden referirse a dos cosas distintas: comprobar si su presentación se ha realizado correctamente o pedir las cuentas depositadas de otra empresa.

Qué pasa si no se depositan las cuentas anuales

No depositar las cuentas anuales puede tener consecuencias para la sociedad.

Las más importantes son:

  • Cierre de la hoja registral.
  • Dificultades para inscribir actos societarios.
  • Posibles sanciones económicas.
  • Peor imagen frente a bancos, proveedores o terceros.
  • Problemas si se necesita acreditar la situación de la sociedad.

El cierre de la hoja registral es especialmente relevante, porque puede impedir inscribir determinados actos mientras no se regularice la situación.

Por eso, aunque la sociedad no tenga actividad o haya tenido poco movimiento, conviene revisar si sigue obligada a depositar cuentas.


Errores frecuentes al depositar cuentas anuales

Esperar al último día

Es uno de los errores más habituales.

Si hay fallos técnicos, problemas con el certificado o errores de validación, puede que no tengas margen para corregirlos.

Usar una versión antigua de D2

Los modelos pueden cambiar cada campaña.

Antes de preparar el depósito, revisa que utilizas la versión correcta del programa para el ejercicio que vas a presentar.

Elegir mal el modelo de cuentas

No todas las sociedades presentan el mismo modelo.

Antes de generar el depósito, revisa si corresponde modelo normal, abreviado o pyme.

No revisar la certificación de aprobación

La certificación debe coincidir con los datos del depósito.

Revisa fechas, órgano que aprueba, aplicación del resultado, firma y referencia a la huella digital si procede.

Confundir presentar con consultar

Si quieres presentar las cuentas de tu sociedad, debes preparar el depósito.

Si quieres obtener las cuentas de otra empresa, debes solicitar información mercantil. Son trámites distintos.

No comprobar la titularidad real

La declaración de titular real debe revisarse con cuidado, especialmente si hay varios socios, sociedades interpuestas o participaciones indirectas.

No guardar el justificante

Después de presentar, guarda el justificante, acuse de recibo y documentación generada.

Puede ser necesario si hay incidencias o si quieres acreditar la presentación.


Preguntas frecuentes sobre el depósito de cuentas anuales

Estas son algunas dudas habituales que pueden surgir cuando ya estás preparando o presentando el depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil.

¿Puedo presentar las cuentas anuales fuera de plazo?

Sí, puedes presentar las cuentas anuales fuera de plazo. De hecho, si el plazo ya ha pasado, lo recomendable es presentarlas cuanto antes para regularizar la situación de la sociedad.

Presentarlas tarde puede tener consecuencias, como el cierre de la hoja registral o posibles sanciones, pero no por eso debes dejar el depósito sin hacer.

¿Qué pasa si el Registro Mercantil rechaza el depósito de cuentas?

Si el Registro Mercantil detecta defectos, notificará los errores para que puedan subsanarse.

En ese caso tendrás que revisar la nota de defectos, corregir la documentación o el fichero presentado y volver a enviarlo según las indicaciones del Registro.

Consejo: revisa especialmente fechas, certificación de aprobación, aplicación del resultado, titularidad real y coincidencia entre documentos.
¿Hay que volver a pagar si el depósito tiene defectos?

Depende del tipo de defecto y de cómo se tramite la subsanación.

En muchos casos se puede corregir el depósito presentado, pero si hay que hacer una nueva presentación o se generan nuevos documentos, puede haber costes adicionales.

Lo más prudente es revisar la notificación del Registro y comprobar si permite subsanar el depósito ya presentado.

¿Puedo presentar las cuentas si la junta no las ha aprobado?

No. Para depositar las cuentas anuales, estas deben haber sido aprobadas por la junta general o por el órgano competente.

La certificación de aprobación de cuentas es uno de los documentos principales del depósito. Si las cuentas no están aprobadas, no deberías presentarlas como si lo estuvieran.

¿Qué hago si los socios no aprueban las cuentas?

Si la junta no aprueba las cuentas, no se puede hacer el depósito ordinario de cuentas aprobadas.

En estos casos conviene documentar correctamente lo ocurrido en la junta y revisar la situación concreta, porque puede afectar al cumplimiento de la obligación registral.

Importante: si existe conflicto entre socios o bloqueo societario, es recomendable revisar el caso con asesoramiento profesional.
¿Quién firma la certificación de aprobación de cuentas?

Normalmente la certificación la firma la persona que tiene facultad para certificar los acuerdos sociales.

Según la estructura de la sociedad, puede ser:

  • El administrador único.
  • Los administradores solidarios, si procede.
  • El secretario del consejo con el visto bueno del presidente.
  • La persona con facultad certificante según el órgano de administración.
¿Puede presentar las cuentas una persona distinta del administrador?

Sí. Las cuentas puede presentarlas un tercero, como una asesoría, gestoría o persona autorizada, siempre que disponga de la documentación y medios necesarios para realizar el envío.

Aun así, la responsabilidad sobre la formulación, aprobación y contenido de las cuentas corresponde a los órganos de la sociedad.

¿Tengo que presentar cuentas si la sociedad está inactiva?

Sí, en general una sociedad inactiva sigue obligada a formular, aprobar y depositar sus cuentas mientras no esté extinguida.

Que la sociedad no haya tenido actividad o no haya facturado durante el ejercicio no elimina automáticamente la obligación de presentar cuentas anuales.

¿Puedo corregir unas cuentas anuales ya depositadas?

Si detectas un error después del depósito, habrá que revisar si procede una subsanación, una presentación complementaria o un nuevo depósito.

No todos los errores se corrigen igual. Dependerá de si el defecto afecta a datos formales, a la certificación, a la aplicación del resultado o al contenido contable de las cuentas.

¿Cómo sé si las cuentas han quedado depositadas correctamente?

Después de presentar las cuentas, debes conservar el justificante o acuse de recibo y estar pendiente de la calificación del Registro.

Si el Registro no notifica defectos y el depósito queda practicado, las cuentas constarán como depositadas.

Si quieres comprobar posteriormente si figuran como depositadas, puedes consultar la información mercantil disponible de la sociedad.

¿Es obligatorio usar el programa D2?

No siempre tienes que usar directamente D2, porque algunos programas contables permiten generar ficheros compatibles para el depósito de cuentas.

Aun así, el programa D2 es la herramienta habitual de referencia para preparar el depósito digital de cuentas anuales y generar el archivo necesario para la presentación.

¿Qué hago si D2 no me genera el archivo ZIP?

Primero revisa los errores de validación, los campos obligatorios y la documentación adjunta.

Si D2 no genera el ZIP, normalmente hay algún dato incompleto, un formulario mal configurado, una memoria no incorporada correctamente o un problema técnico con la instalación.

También conviene comprobar que estás usando la versión correcta del programa para el ejercicio que vas a presentar.

¿Tengo que guardar el ZIP después de presentar las cuentas?

Sí. Es recomendable conservar todos los archivos y justificantes relacionados con el depósito.

Guarda especialmente:

  • El archivo ZIP generado.
  • La certificación de aprobación de cuentas.
  • La huella digital, si procede.
  • El justificante o acuse de presentación.
  • Cualquier comunicación posterior del Registro.

Estos documentos pueden ser necesarios si hay defectos, subsanaciones o comprobaciones posteriores.


En resumen

El depósito de cuentas anuales es un trámite obligatorio para muchas sociedades y debe realizarse cada año en el Registro Mercantil.

Para sociedades con ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2025, lo habitual es aprobar las cuentas antes del 30 de junio de 2026 y depositarlas dentro del mes siguiente.

Antes de presentar, revisa bien:

  • El plazo.
  • El modelo de cuentas.
  • La certificación de aprobación.
  • La documentación contable.
  • La declaración de titular real.
  • La versión de D2 o del programa utilizado.
  • El justificante de presentación.

Si tienes claro qué documentos debes presentar y utilizas la versión correcta del programa, el trámite será mucho más sencillo y evitarás defectos o subsanaciones.

David Villalba

Soy el Redactor Jefe en TramitarBien, especializado en la gestión y asesoramiento de trámites tanto para profesionales como para particulares. Con una sólida trayectoria desde 2011, me dedico a simplificar procesos y resolver dudas con un enfoque práctico y eficiente. Estoy aquí para ayudarte: no dudes en contactarme con tus consultas, ¡respondo a todos los mensajes!

Ver todas las entradas de David Villalba →

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *