La Seguridad Social ha puesto en marcha un nuevo servicio en su sede electrónica para que los autónomos puedan consultar la cuota mensual que se les cobrarán el último día hábil del mes.
Un nuevo servicio que permitirá a los trabajadores del incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA) consultar cada mes la cuota que se cargará en su cuenta bancaria el último día hábil de ese mes.
¿Qué autónomos podrán consultar su próximo recibo?
De momento solo podrán hacer uso de este servicio los trabajadores autónomos incluidos en el RETA.
No estará disponible para los siguientes colectivos:
- Los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar
- Trabajadores agrarios por cuenta ajena durante los períodos de inactividad
- Personas incluidas en el Sistema Especial para empleados de hogar
- Suscriptores de convenios especiales
No obstante, esta previsto que en el futuro se pueda extender a los colectivos anteriores, cuando las posibilidades técnicas lo permitan.
Información que se podrá a consultar
El trabajador autónomo obtendrá la siguiente información:
- El próximo recibo de autónomos. Es decir, la cuota correspondiente al mes actual que se cargará en la cuenta bancaria el último día hábil del mes.
- Cuota correspondiente a las eventuales liquidaciones complementarias.
- Comprobar en cualquier momento las cuotas ya emitidas por la TGSS para su cargo en la correspondiente cuenta bancaria desde julio de 2018.
¿Cómo acceder y consultar la cuota de autónomos?
Se accede a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, siguiendo la ruta «Ciudadanos/Cotización» y a continuación el nuevo apartado «Servicio de Consulta de recibos emitidos para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)«, o directamente puedes acceder pinchando en el siguiente botón.
La información sobre la emisión de cuotas no acredita que la cuota haya sido efectivamente pagada por el trabajador, por lo que no puede acreditar que esté al día en el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad social. Para ello tendrá que solicitar un certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.