La paga extra es una gratificación adicional al salario base que reciben los trabajadores. Es un derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 31. La ley indica que un trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año: durante las fiestas de Navidad o el mes que se haya fijado mediante Convenio Colectivo, generalmente para el verano.
La cuantía de la paga extra o cuándo se cobra está estipulado por el Convenio Colectivo. Es por esa razón que vamos a informarte sobre los conceptos de la paga extra a continuación.
¿Cómo calcular la paga extra?
Por lo general, lo que se establece es que el importe de la paga extra sea igual al importe de la mensualidad que cobra cada trabajador o añadir algún plus. En ningún caso puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que corresponde por lo menos en 2021 a 31,66 €/día o 950 €/mes.
Pero en realidad la cantidad recibida en concepto de paga extra está estipulada mediante el Convenio Colectivo. Tendrá que aparecer en la nómina como “gratificación extraordinaria”. Se complica el tema cuando, por convenio, la empresa decide incluir las pagas extras de manera prorrateada, recibiendo la parte proporcional todos los meses en la nómina.
¿Cuándo se cobra la paga extra?
La fecha exacta siempre depende de cada empresa y del convenio establecido, aunque lo más habitual es:
- La paga extra de Navidad: entre el día 20 y 25 de diciembre.
- La paga extra de verano: entre el 20 de junio y el 15 de julio.
El derecho a cobrar una gratificación extraordinaria se calcula en función del tiempo trabajado.
Trabajando más de 1 año en la empresa
Cuando se ha trabajado durante un año completo, se tiene derecho al cobro del 100% de la paga extraordinaria.
También, hay que tener en cuenta si el devengo es semestral o anual.
El abono de la paga extra de un trabajador se producirá en los meses que se haya fijado en el convenio colectivo, pudiendo ser semestral o anual.
- Semestral: Cada una de las pagas se abona de manera semestral. En el caso de que se comenzase a trabajar en una empresa a partir del 1 de septiembre, el trabajador no tendría derecho a disfrutar de la paga extraordinaria correspondiente al primer semestre, pero sí optaría al cobro de la cantidad proporcional a cuatro meses de trabajo, así como de la segunda paga extraordinaria en su totalidad.
- Anual: A través de esta modalidad, una vez el trabajador cobra la paga extraordinaria, comienza a generarse la paga del año siguiente.
Trabajando menos de un año en la empresa (6meses)
Si te incorporaste a mitad de año y has trabajado 6 meses, no cobrarás toda la paga extra, sino la parte proporcional trabajando 6 meses. En estos casos habrá que distinguir:
- Si tu convenio establece que el devengo de las extras es anual (o no dice nada sobre esta cuestión), divide la cuantía de la paga entre 365 y multiplique el resultado por los días de alta.
- Si tu convenio establece un pago proporcional semestral, la extra de verano se devenga de enero a junio, y la de Navidad de julio a diciembre. Por tanto, multiplica el valor del sueldo por los días trabajados y divide el resultado entre los días del periodo de paga extra.
Por ejemplo, si empezaste a trabajar en marzo, tu sueldo es de 1.200€ y la paga extra te la dan el 30 de junio, deberías recibir 872.70€. (1.200€, Importe de la paga completa x (88 días, periodo de tiempo trabajado/121días, periodo de devengo de la paga).
¿Cómo saber si la paga extra está prorrateada en la nómina?
El prorrateo consiste en la opción de cobrar las correspondientes pagas extras de manera prorrateada, recibiendo la parte proporcional todos los meses en la nómina. El prorrateo es un acuerdo entre el trabajador y el empresario o es una cláusula estipulada en el Convenio Colectivo. En otras palabras, se incluye una doceava parte en cada nómina mensual de forma que se incrementa la nómina cada mes. Si su convenio no lo prohíbe expresamente, el prorrateo será posible. En todo caso, habrá que ponderar las ventajas e inconvenientes de este sistema.
Cotización de la paga extra
La paga extra es una retribución salarial que como tal debe cotizar a la Seguridad Social y por IRPF de la misma manera que cualquier otro concepto salarial. La cantidad que percibirá un trabajador quedará reflejada en la nómina de cada empleado como «gratificación extraordinaria», debiendo incluirla en su declaración de la renta.
¿Cómo se cobra la paga extra en caso de finalización del contrato?
Si el contrato de un trabajador finaliza antes de haber cobrado la siguiente paga extra que le correspondería, se le abona la cuantía que haya devengado desde el cobro de la anterior paga. No siendo relevante si el contrato finaliza por agotamiento del plazo acordado, por despido o por renuncia del propio empleado.
¿Un jubilado cobra la paga extra?
Las personas que perciben una pensión contributiva de jubilación, cuenta con una prestación en 14 pagas anuales: Una por cada uno de los 12 meses naturales y dos pagas extraordinarias. Es decir, los pensionistas cobran estas pagas en los meses de junio y noviembre, la cantidad varía en función del tiempo cotizado y de la base de cotización. No obstante, ese importe fluctúa entre un máximo de 2.683€ y un mínimo de 682€.